Recomendaciones de UCAragón sobre servicios sociales para mayores

Oct 19, 2020 | 0 Comentarios

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Trasladamos por su interés la información elaborada por la Unión de Consumidores de Aragón sobre los derechos que nos asisten como personas consumidoras y usuarias a la hora de elegir y contratar los servicios de un centro de servicios sociales (bien sea una residencia, un centro de día o un centro de noche para nuestros mayores)

Las entidades y centros que prestan servicios sociales pueden tener carácter público o privado

Las de carácter público están integradas en la red pública ofertada por el Gobierno de Aragón, por la administración local, fundamentalmente Ayuntamientos, aunque también las hay que son propiedad de las Comarcas, Mancomunidades, etc.

Las de carácter privado pueden ser de iniciativa social (fundaciones, asociaciones, organizaciones de voluntariado y otras entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades de servicios sociales) y de iniciativa mercantil (personas y entidades privadas con ánimo de lucro que realicen actividades de servicios sociales).

Las entidades y centros de naturaleza privada han de ostentar la preceptiva autorización administrativa para la instalación y funcionamiento, así como para la prestación de los servicios sociales y, por tanto, han de estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, que ostenta la función de inspección, control y potestad sancionadora

Consejos y recomendaciones a la hora de contratar centros y establecimientos de servicios sociales

  • Todos los centros y residencias las residencias, para que puedan prestar servicios sociales a los ciudadanos que lo necesiten, tienen que estar inscritos en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón. La inscripción en el Registro debe estar expuesta en el tablón de anuncios del centro. Consultar Listado de entidades inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios
  • Deben de facilitarle el Reglamento de Régimen Interior del centro. Dicho reglamento estará sellado por el Gobierno de Aragón. En él se recogen las condiciones de admisión, económicas, sistema de baja, derechos y obligaciones, así como el sistema de participación en el
  • Contrato de Admisión: Debe leerlo antes de firmar, comprobando su contenido con el reglamento de régimen
  • Tarifa de precios. Estarán selladas por el Gobierno de Aragón y expuestas en el tablón de anuncios del centro. Figurarán los precios con y sin IVA, nº de plazas, y los servicios incluidos en la cuota
  • Hojas de reclamaciones. En el tablón de anuncios del centro figurará que existen hojas de reclamaciones a disposición de los
  • Ante cualquier duda, póngase en contacto con el Servicio de Inspección de Centros y Servicios Sociales del Gobierno de Aragón.

Derechos de las personas usuarias de servicios sociales

  • Derecho al ejercicio de la libertad individual para el ingreso, permanencia y salida del establecimiento, con las limitaciones que establece la legislación para personas menores de edad, incapacitadas e incursas en medida judicial de internamiento.
  • Derecho a la información sobre las características, condiciones, tarifas y reglamento de régimen interior del
  • Derecho a considerar la residencia donde vive como domicilio propio y personalizar el entorno con objetos propios, siempre y cuando respete los derechos de los demás.
  • Derecho a una asistencia personalizada de acuerdo con sus necesidades específicas.
  • Derecho al respeto de su autonomía, no pudiendo ser sometido a ningún tipo de inmovilización o restricción física o farmacológica sin prescripción médica.
  • Derecho a que sea protegida su salud, calidad de vida y
  • Derecho a mantener relación con su entorno social y
  • Derecho a recibir un trato correcto y digno, tanto por el personal del centro como de los demás usuarios, no pudiendo ser sometido a tratos vejatorios o degradantes.
  • Derecho a la libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales
  • Derecho a la protección de sus datos
  • Derecho al secreto profesional de su historia
  • Derecho al secreto de las comunicaciones, salvo resolución judicial en sentido contrario.
  • Derecho a participar en la toma de decisiones del centro que les afecten individual o colectivamente, así como a
  • Derecho a la protección de sus intereses económicos y
  • Derecho a obtener facilidades para hacer la declaración de voluntades anticipadas, de acuerdo con la legislación vigente.
  • Derecho a evaluar la calidad del servicio
  • Cualesquiera otros derechos reconocidos por la normativa.

WEB UCARAGÓN

CONVENIO FABZ-UCARAGÓN PARA ASESORÍA GRATUITA SOBRE TEMAS DE CONSUMO Y SERVICIOS

Recordamos que gracias al convenio firmado entre la FABZ y UCARAGÓN, los soci@s de las asociaciones vecinales federadas pueden recibir asesoramiento e información en materia de consumo y servicio. El único requisito que se demanda es que l@s solicitantes sean socios de cualquier asociación vecinal de la Federación de Asociaciones de Barrios de Zaragoza, estando al corriente de las cuotas asociativas, y teniendo cumplimentada su ficha de datos básicos antes de acceder a la consulta.

PETICIÓN DE CITA:

Teléfono: 976 39 33 05

Correo electrónico: fabz.ucaragon@fabz.org

 

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